KIT DIGITAL



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Soluciones del KIT DIGITAL por categoría

La Unión Europea ha destinado unos fondos económicos para reactivar la economía y el empleo en Europa debido a la crisis económica que ha provocado el COVID-19. Son los conocidos como fondos “Next Generation EU”.
El Programa Kit Digital ofrece un bono digital con un importe máximo por categoría de solución.

Indicus Software ofrece los siguientes productos adaptados al nivel de digitalización de cada empresa

Categorías de soluciones

Sitio Web y Presencia en Internet

Solución INDICUS DEVELOP:
Diseñamos, programamos y posicionamos tu web.

Precio desde 1.900€ .

Ayuda máxima 2.000€

Más Información
SITIO WEB

Gestión de clientes


Solución CESTRACK CRM:
Nuestro CRM que te ayudará a gestionar la relación con tus clientes

Precio desde 3.780€ .

Ayuda máxima 4.000€

Más Información
GESTION CLIENTES

Gestión de procesos


Solución CESTRACK WorkFlow:
La solución para la digitalización de los procesos de negocio.

Precio desde 5.950€.

Ayuda máxima 6.000€

Más Información
GESTION PROCESOS

España recibirá 140 mil millones de euros, que serán repartidos a través del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.

En la línea “transformación digital” se ha puesto en marcha el programa Kit Digital, dotado con 3.067 millones de euros, que permitirá a pymes y autónomos adoptar e implantar una serie de herramientas y soluciones digitales.

La Unión Europea ha destinado unos fondos económicos para reactivar la economía y el empleo en Europa debido a la crisis económica que ha provocado el COVID-19. Son los conocidos como fondos “Next Generation EU”.

España recibirá 140 mil millones de euros, que serán repartidos a través del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.

En la línea “transformación digital” se ha puesto en marcha el programa Kit Digital, dotado con 3.067 millones de euros, que permitirá a pymes y autónomos adoptar e implantar una serie de herramientas y soluciones digitales.

Qué es el KIT DIGITAL

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España que busca subvencionar y fomentar la implantación de soluciones digitales presentes en nuestro mercado, logrando así un importante avance en la transformación digital de las empresas del país.

¿Cuándo puedo solicitar el bono?

Se prevé que se puedan empezar a presentar solicitudes a partir de febrero de 2022. Sin embargo, es recomendable tener preparadas las propuestas y valorados los servicios a contratar ya que la asignación de los bonos Kit Digital será en función del orden de solicitud y hasta finalizar el presupuesto.

¿Cómo se realiza el pago?
¿Quién puede solicitar el Kit Digital?
¿Qué servicios e importes pueden financiarse?
¿Es posible contratar distintos servicios?
¿Qué servicios no financia el Kit Digital?
¿Se pueden contratar servicios de mayor importe que la subvención?
¿Cuánto tiempo duran los bonos?
¿Cómo se solicitan los bonos?
¿Qué son los agentes digitalizadores?
¿Cuál es el importe del programa kit digital?
¿Qué requisitos se necesitan para solicitar el kit digital?
¿Dónde puedo encontrar más información?

Cómo solicitar el bono Kit Digital

Desde INDICUS SOFTWARE te ayudamos de forma gratuita en todo el proceso para solicitar el bono digital, desde ayudarte con el test de autodiagnóstico hasta la implementación de la solución o soluciones que se ajusten más a lo que tu negocio necesita.

Si prefieres hacerlo por tu cuenta, te recomendamos los siguientes pasos: - Gestiona tu alta en el portal Acelera Pyme. - Realiza el test de autodiagnóstico. - Aporta información que demuestre que cumples con los requisitos necesarios. - Elige el servicio o herramienta que mejor se adapte a las necesidades actuales de tu negocio.

  • Regístrate en el área privada del portal Acelerapyme.es
  • Realiza el test de diagnóstico digital
  • Consulta todas las soluciones de digitalización del programa
  • Contacta con nosotros para gestionar la solicitud del bono Kit Digital

 

Requisitos para solicitar el bono digital

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo (de 1 a 50 trabajadores)
  • Cumplir con las limitaciones financieras y efectivas que definen a las categorías de empresas
  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima establecida por convocatoria
  • No ser considerada empresa en crisis
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y Seguridad Social
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • No superar el límite de ayudas mínimas

Contacto

Envíanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible
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